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  • Consulta : 239308
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 363543

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El divorcio adminsitrativo es procedente si no tienen hijos o estos ya son independientes (cosa que no aclara en su consulta). Por otra parte no procede ningún embargo por deudas con tarjetas de crédito ya que no es procedente ningún juicio ejecutivo mercantil. Le recomiendo que mejor le demande a su esposo la rendición de cuentas a la sociedad cunyugal y la disolución de la misma sin necesidad de divorcio alguno. En el peor de los casos la mitad del bien no lo pueden tocar ya que Usted como copropietaria por gananciales no le debe nada a los bancos.