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  • Consulta : 239239
  • Autor : ALFONSO ROBLES
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  • Autor
    Respuesta No: 363445

  • ALFONSO ROBLES
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    qji tabasco.

    Debes de nombrar un perito, para valuar formalemnte el bien inmueble que tienes embargado, debes de actualizar con certificado, el embargo ante el registro publico

    Debes de pedirle al juez que se le requiera a la contraria para que nombre un perito, y en caso nugatorio que se le nombre en rebeldia.

     

    Una vez hecho, si no coinciden en precio, se nombrara un tercero.

     

    Una vez hecho lo anterior, debes de pedir que se saque a remate el bien, y se mande publicar en periidioco oficial y uno de mayor circulacion, debiendo señalar audicencia de remate en la que compareceran postores y etc, etc...

     

    checale bien en el codigo de comercio, y en forma supletoria el codigo federal de procedimientos civiles.

     

    ok