- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 239191
- Autor : Luis_R.
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 584
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6735
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 363349
-
Fecha de respuesta: Martes 19 de Agosto de 2014 20:54 2014-08-19 20:54 desde IP: 187.146.175.176
Asi es mi estimado. No Es Tan Facil!!!. Primero no se como sea alla pero aca se entrega la demanda en oficialia de partes comun Y aca se usan libretas y se anota al dia a ese escrito inicial de demenda se le asigna un juzgado y ya te diroged a ese juzgado luego se te asigna num. De exp. Y posteriormente entra con secretario de acuerdos a veces tardan en anotarlo en la libreta respectiva y luego sale a notificacion y pues ya lo puedes revisar, en algunos juzgados no existen libretas de secretario por lo que tienes que pasar directo. Y no es mucho tiempo de lo que relatas realmente asi que solo espera que lo publiquen de que sale de acuerdos aqui si lo publican hoy , pues hoy no lo puedes ver sino hasta mañana. Suerte.
-
Autor





