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  • Consulta : 239171
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 363337

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el reconocimiento significa darle una filiacion al menoor es decir tu apellido ya inscrito en el registro civil.

    hay q ver si el reconocimiento lo hara de manera voluntaria o bien  sera mediante juicio y prueba de adn.

    una vez reconocido el menor ud adquiere derechos y obligaciones, esto quiere decir puede convivir con el menor y tendra q pasar pension alimenticia.

    el tiempo y la frecuencia de convivencia sera de acuerdo a lo q uds dos como padres del menor convengan y si es posible dicho convenio haganlo de manera legal.

    depende si ganas bien te decretaran de un 10% hasta un 20%  de tus percepciones por concepto de pension alimenticia. o bien te asignaran un salario minimo.

    el tiempo del proceso???? si lo haces voluntariaente es decir acudes al registro civil y haces el reconocimiento extemporaneo es rapido pero si te demandan el reconocimiento de paternidad mediante prueba de adn es honeroso y muy largo puede durar mas de un año.

    y el q tengas dos hijos influye un poco si