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Fecha de respuesta: Martes 19 de Agosto de 2014 18:16 2014-08-19 18:16 desde IP: 187.208.62.178
el reconocimiento significa darle una filiacion al menoor es decir tu apellido ya inscrito en el registro civil.
hay q ver si el reconocimiento lo hara de manera voluntaria o bien sera mediante juicio y prueba de adn.
una vez reconocido el menor ud adquiere derechos y obligaciones, esto quiere decir puede convivir con el menor y tendra q pasar pension alimenticia.
el tiempo y la frecuencia de convivencia sera de acuerdo a lo q uds dos como padres del menor convengan y si es posible dicho convenio haganlo de manera legal.
depende si ganas bien te decretaran de un 10% hasta un 20% de tus percepciones por concepto de pension alimenticia. o bien te asignaran un salario minimo.
el tiempo del proceso???? si lo haces voluntariaente es decir acudes al registro civil y haces el reconocimiento extemporaneo es rapido pero si te demandan el reconocimiento de paternidad mediante prueba de adn es honeroso y muy largo puede durar mas de un año.
y el q tengas dos hijos influye un poco si
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