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Fecha de respuesta: Martes 19 de Agosto de 2014 13:32 2014-08-19 13:32 desde IP: 189.211.135.22
Si, si es posible, dado que la competencia por razón del domicilio es renunciable.
Obviamente, su empresa, antes de firmar el contrato al que hace referencia, debió asistirse de un abogado especialista en derecho internacional privado, a fin de analizarla conveniencia de que en caso de controversia, la competencia se surtiera en favor de los Órganos Judiciales austríacos, a pesar de que el derecho aplicable fuera el mexicano, lo que seguramente podría genera un conflicto de leyes en el espacio, que dificultaría la resolución en favor de su empresa, pues es evidente que es más probable que se presente algún incumplimiento de parte de la prestadora del servicio, en cuanto a calidad, cumplimiento de especificaciones técnicas o materiales en el desarrollo del proyecto, etcétera, lo que les generará todos los gastos que se requieran para defender sus intereses en el extranjero.
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