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  • Consulta : 238920
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 363100

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Desde luego que no es correcto que le saquen sus pertenencias a la calle sin previo juicio, nadie puede hacerse justicia por su propia mano, para ello estan el Tribunal Superior de Justicia en cada Estado de la República. Solamanete mediante juicio en el cual usted sea oida en vencida un juez podrá ordenar el desalojo del inmueble, si a su arrendadora el dia de mañana se le ocurre introducirse a su domicilio a sacar sus cosas estaria comentiendo el delito de despojo y lo que resulte, si esta persona ya no le recibe la renta le sugiero consignar la mismas mediante un billete de depósito.

    Por otra parte vencido el plazo forozoso del contrato el contrato se vuelve por tiempo indefinido en este caso la arrendadora debe notificarle a usted  ya sea a tráves de un juzgado ó mediante Notario Público que ya no es su deseo constinuar con el arrendamiento, le reitero que no la pueden desalojar sin previo juicio. 

    Por último si tiene usted obligación de pagar la renta del inmueble así lo ocupe un solo día. TIene familiares en donde se encuntra el inmueble pidales que el día d emañana esten al pendiente de esta señora y en caso de que se presente con gente a tratar de desalojar el inmueble que sus familiares pidan el auxilio de una patrulla y que soliciten se ponga a dispocisión del ministerio público a dichas personas en ese extremo tendria usted que viajar y presentarse a querellarse ante el representante social (M.P.).