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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Agosto de 2014 19:54 2014-08-14 19:54 desde IP: 201.141.124.78
Si su régimen es el de propiedad en de condominio, es claro que no pueden acordar las partes de "palabra" ninguna modificación al inmueble. Situación que supo aprovechar su contrario para presentar una queja ante la Dirección de Obras del Municipio (que no es un Juez), tan es así que dejó a salvo los derechos para que los hicieran valer por la vía correspondiente.
Si su vecino es el que modificó la cisterna, es él quien está causando los daños y no Usted, pero como no es clara en su conslta, es evidente que necesita de los servicios de un abogado especialistan en la materia para que conteste la demanada y reconvenga en su caso. Pero mucho cuidado con cuanto coyote se anuncia en este foro de asesoría gratuita publicando datos de contaco, corre peligro, cuídate a ti mismo y mucho ojo.
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