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AutorRespuesta No: 362806
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Fecha de respuesta: Martes 12 de Agosto de 2014 12:53 2014-08-12 12:53 desde IP: 189.211.135.22
Pues evidentemente usted buscó en forma defectuosa, pues el Código de Procedimientos Civiles del Estado de San Luis Potosí señala claramente cuál es la vía en que debe promover el juicio.
Dedique más empeño al estudio y ponga mayor atención a los preceptos de la Ley Adjetiva Civil de su Entidad.
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