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  • Consulta : 238433
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 362654

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no tienes ningun pretexto para rescindir la relación de trabajo... y si ya tiene 15 años... no te salvas de pagar su prima d antiguedad... equivalente a 12 dias por cada año de s ervicios prestados... y su finiquito... si hubiera unacausal... la cual no existe en este caso...