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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Agosto de 2014 12:19 2014-08-08 12:19 desde IP: 177.245.209.187
Buenos dias.
Si el padre biologico reconocio al menor en el Registro Civil de las Personas, entonces puede legalmente iniciar un procedimiento de convivencia; en caso, contrario, no puede hacer legalmente cosa alguna. Si se lleva a su hijo seguramente dejara el padre de ayudarla con los alimentos del menor.
Saludos
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