- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 238344
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 362659
-
Fecha de respuesta: Viernes 08 de Agosto de 2014 14:48 2014-08-08 14:48 desde IP: 189.234.202.21
es de explorado derecho... que el trabajador que afirma la existencia de una relación de trabajo... la tiene que probar... y la contratación... es la excepción a la regla...
2 meses o 60 dias... es lo mismo,,,, y donde dice que los dias seran tomados en su beneplacito de 31 dias... seria una burrada...
es de explorado derecho que todo mes... será tomado siempre... y en cualquier materia... por 30 dias... así como el año comercial...
el derecho laboral es mas sencillo...
ahora bien... el concepto de prueba... esta ahi... y lo importante... no es tener la prueba... sino... que esta sea admitida y que sea desahogada... y demuestre lo que se pretende... porque tenerla... no significa nada... hasta que se ha valorado y reconocido el punto de derecho sobre el que descansa.... tu abogado te dice si será procedente... o no... pero... es claro... que no lo será así... ya que una gravación donde estoy encima del camion... no prueba que sea yo chofer del mismo...
-
Autor





