Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 238010
  • Autor : ABOMAU68
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 2423
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 362323

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es obligación del albacea la defensa de las bienes que conforman la masa hereditaria, por lo que una vez que tengan nombrado el albacea este debe acudir a la agencia del ministerio publico a presentar la respectiva denuncia de hechos en contra de los invasores, acreditando la propiedad con las respectivas copias certificadas del inmueble. 

    Por lo anterior no es necesario que se desistan de la prosecución del juicio sucesorio para adjudicarse y escriturar el inmueble para que los herederos acrediten la propiedad del inmueble ante el ministerio público.