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  • Consulta : 237658
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No indica si la persona a quien pretende exigirle alimentos para su hija la reconoció como tal ante el Oficial del Registro Civil, informacióin indispensable para poder darle una orientación precisa respecto los trámites legales que debe seguir.

    Si no la reconoció como su hija, primero debe, asistida de un abogado especialista en Derecho Familiar, demandar el reconocimiento de la paternidad, para lo cual, enel juicio, deberá ofrecer y desahogar la prueba pericial en genética, y si con lamisma se acredita que el demandado es el padre biológico, el Juez, en la sentencia, ordenará se gire oficio al Oficial del Registro Civil en que se registró el nacimiento del menor, para que se hagan las anotaciones correspondientes y se asiente el nombre de supadre e imponga el apellido paterno al infante.

    Hecho lo anterior, deberá demandar el otorgamiento de la pensión alimenticia.

    Si la reconoció, entonces promueve la demanda por el pago de la pensión.