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Fecha de respuesta: Sábado 02 de Agosto de 2014 02:32 2014-08-02 02:32 desde IP: 201.141.111.206
Qué pena que a su consulta sólo recibiera la propuesta de un coyote muerto de hambre. Por favor haga caso omiso del coyote.
A Usted le realizaron una revisión al medidor y para du desgracia le "encontraron" un artefacto de los denominados "diablito". A Usted le debieron entregar una copia del acta de revisión en donde hacen notar el "diableto y le otorgarán un término de nueve días para que se presente a ofrecer pruebas y desvirtuar las anomañias anotadas. Posteriormente le entregarán una resolución, misma en la que le dirán que por las anomalías "detectadas" se realiza una deperminación presuntiva consistente en el cálculo de consumo por los dos últimos años y le impodrán un crédito no fiscal más una multa.
Usted debió contratar a un fedetario público para que estuviera presente en la revisión de su medidor, pero como no lo hizo (normal) y como seguramente tampoco aportó pruebas para desvirtuar el contenido del acta, ahora sólo le queda demandar ante un Juez de Distrito por la vía ordinaria mercantil. Ya no procede el Juicio de Nulidad ni el Amparo. Por favor ignore a cuanto coyote se anuncia en este foro de asesoría gratuita.
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