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  • Consulta : 237328
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    TODOS los hijos tienen derecho a recibir de sus padres alimentos, sin importar si éstos tienen o no vínculos consanguíneo.

    Sin embargo, no dice usted su su primo reconoció como su hija a la niña al inscribir su nacimiento en el Registro Civil, o solamente tiene sus apellidos.

    En caso que elpadre la haya reconocido, todo lo que tiene que hacer es, asistida de un abogado especialista en Derecho Familiar, presentar la demanda de alimentos y el Juez determinará, de acuerdo a la capacidad del padre, la cantidad que por alimentos debe proporcionar a su hija, durant el juicio en forma provisional, y en la sentencia enforma definitiva.

    Si no la reconoció, entonces usted tendrá primero que demandarle el reconocimiento de la paternidad, paralo cual, durante el juicio, deberá ofrecer la prueba pericial en genética, y si de esta se concluye que es el padre biológico, el Juez en la sentencia así lo establecerá y ordenará se gire oficio al Registro Civil en que se levantó el acta de nacimiento, para que en ésta se hagan las anotaciones correspondientes y se haga constar el nombre del padre para que la niñam a partir de ese momento, lleve su apellido paterno.