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  • Consulta : 237140
  • Autor : TOCA1968
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  • Autor
    Respuesta No: 361246

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Consultante lo que le aconsejo que haga jurídicamente en su caso es, que a la brevedad posible denuncie a su ex arrendatario ante el C. Agente del Ministerio Publico de su Localidad por la probable comisión del delito del ejercicio indebido del propio derecho, previsto y sancionado en el artículo lo 288 del Código Penal para el Distrito Federal, cometido en su agravio, saludos.