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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Julio de 2014 13:01 2014-07-26 13:01 desde IP: 187.201.159.53
Consultante lo que le aconsejo que haga jurídicamente en su caso es, que a la brevedad posible denuncie a su ex arrendatario ante el C. Agente del Ministerio Publico de su Localidad por la probable comisión del delito del ejercicio indebido del propio derecho, previsto y sancionado en el artículo lo 288 del Código Penal para el Distrito Federal, cometido en su agravio, saludos.
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