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  • Consulta : 237134
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Los cheques debió presentarlos al cobro a la Institución de Crédito dentro de los 15 días siguientes a la fecha de su expedición, para que en caso que no fueran pagados, se asentara al reverso del documento o en hoja adherida, las causa de la negativa de pago, y dentro de los 6 mesis siguientes al término de esos 15 días, demandar en la vía ejecutiva mercantil.

    Si no los presentó en tiempo, es decir, dentro de esos 15 días, la acción cambiaria caducó, y si habiéndolos presentado, no demandó su pago en la vía ejecutiva mercantil, entonces la acción prescribió.

    Lo único que le queda por hacer, es demandar la acción causal en la vía ordinaria mercantil; asístse de un abogado especialista en Derecho Mercantil; él le explicará en que consiste la acción y que documentos se necesitan para presentar la demanda.