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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Julio de 2014 10:39 2014-07-26 10:39 desde IP: 189.166.221.139
Claro que si te pueden despedir por eso,
Ley federal del trabajo vigente.- Artículo 47.- Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón:
VIII. Cometer el trabajador actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier
persona en el establecimiento o lugar de trabajo; -
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