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AutorRespuesta No: 361226
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Julio de 2014 12:07 2014-07-26 12:07 desde IP: 189.137.74.16
Es acertada la contestacion del forista que me antecede, unicamente difiero en lo que respecta a que usted espere al vencimiento de la anulidad, lo que le sugiero es que le demande la rescision del contrato por falta del pago de las rentas que le adeude.Atte. Lic. J.L.Camacho.
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