Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 237037
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6890
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 361104

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted considera que su hijo corre algún riesgo en caso que, al divorciarse, su esposa y el menor, al no contar con un lugar en donde vivir, tendría que hacerlo en la casa de sus padres, con los inconvenientes que usted comenta, la solución es muy sencilla: proporcióneles una pensión alimenticia suficiente para que ella pueda tomar en arrendamiento una casa en la que viva sólo con el menor y esté al cuidado de su hijo; de esa forma demotrará que, efectivamente, es un buen padre.

    Además, debe usted considerar que la obligación de hacerlo está prevista en la Ley, ya que los alimentos no solamente comprenden la comida, sino también el vestido, LA HABITACIÓN, la salud, el esparcimiento y, en el caso de los menores la educación que incluye la relativa a proporcionarle un oficioo profesión acorde a las circunstancias personales del infante, con la que pueda tener un modo honesto de vivir.

    Además, si usted cuenta con un trabajo, tampoco podría estar enteramente al cuidado del niño, y considerando que sus argumentos no denotan en forma alguna que su si esposa e hijo viven en casa de sus padres al divorciarse, se encuentre en riesgo la integridad física o moral del menor, el juez le negará su pretensión de tener la guarda y custodia del niño.