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  • Consulta : 237022
  • Autor : elizh80
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  • Autor
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  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Y entonces para que quiere que lo reconozca si no le agrada la idea??....quien debe demandar el reconocimiento es su Mama y para ello debe instaurar un Juicio y para cuando se resuelva el Juicio, si bien le va, ya usted sera mayor de edad, osea, ya cumplira los 18 años y si en la eventualidad de que se gane el Juicio y es usted mayor de edad, lo mas seguro, tendra derecho a pension alimenticia siempre y cuando este estudiando y no este trabajando ni este casado, la obligacion termina cuando concluya sus estudios universitarios, el promedio seria cumplidos 23 años mas o menos...y si, cambiaria su apellido por el de su Papa y por tanto si puede verse afectado en sus documentos e identificaciones, ya que se cambiaria el acta de nacimiento...en fin...