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  • Consulta : 236814
  • Autor : fidaderes
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  • Autor
    Respuesta No: 360801

  • fidaderes
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    hola amigo, de acuerdo a lo que mencionas SI existe un contrato de arrendamiento en el cual estipula un incremento de renta conforme a la inflacion, si has cubierto a entera satisfaccion del arrendatario los pagos correspondientes y cuentas con dichos recibos, no se te pueden hacer cargos adicionales retroactivos, a exepto de que existan daños en la propiedad que el arrendador no este dispuesto a reparar estos deberan de descontarse del deposito.

     

    cabe hacer mencion que la finalidad del deposito es garantizar el cumplimiento de la obligacion contraida asi como el cumplimiento del contrato por el termino de tiempo pactado.

     

    Saludos.