Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 236764
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 360847

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la edad... no les da derecho a nada... no proporcionaron informacion alguna.. si tu eres hermano del padre o de la madre de esa tu sobrina... son parientes en linea directa y no pueden tener ni el saludo... si ella es hija de hermano o hermana del tio... no puedes darle ni un saludo... asi de simple... la ley no hace otro distingo... la ley no concede amparos a babosos... y no se pueden casar... y si se juntaran... lo mas serio que podrian hacer es esterilizarse... para evitar que les vaya a salir un hijo con cuatro manos o seis patas... o tres ojos... los errores geneticos... son muy comunes... cuando estos pasan... los babosos que engendran... se separan... dejando hijos que son fenomenos para la sociedad... la ley... no permite... prohibe... todo este tipo de relaciones... se entendio...???