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Fecha de respuesta: Sábado 19 de Julio de 2014 17:42 2014-07-19 17:42 desde IP: 189.155.247.0
La deuda no se puede traspasar, lo que puede traspasar es la vivienda, pero quien la paga (y le cobran) es a nombre del beneficiario (el esposo) y cuando termine de pagar entonces ya acude a la Notaria con el comprador para formalizar la compra venta y escrituracion.
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