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  • Consulta : 236375
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 360249

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y presente su queja, a efecto que mandencitar al representante legal de la empresa y le paguen el sueldo de su esposo, habida cuenta que usted está acreditando con la carta poder el único requisito que exige la Ley Federal del Trabajo para que no sea personalmente el trabajador quien reciba ese salario.