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AutorRespuesta No: 359915
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Julio de 2014 14:33 2014-07-16 14:33 desde IP: 201.141.115.206
La muerte no extingue obligaciones, por lo que el crédito fiscal debe ser liquidado por su sucesión.
Debe denunciar la sucesión de su mamá y una vez que se nombre albacea, éste deberá acudir al SAT para dar de baja el RFC, así como la suspensión de actividades.
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