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AutorRespuesta No: 359889
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Julio de 2014 08:28 2014-07-16 08:28 desde IP: 189.211.135.22
Usted tiene derecho a las siguientes prestaciones:
3 meses de salario por concepto de indemnización constitucional;
12 días de salario por cada año de servicios prestados por concepto de prima de antigüedad; prestación que se paga no con su salario real, sino con el equivalente a 2 veces el salario mínimo general vigente en el lugar en que prestó sus servicios;
Vacaciones y prima vacacional correspondientes al 8o año de servicios;
Parte proporcional de aguinaldo 2014;
Sueldo y prestaciones ordinarias devengadas y no pagadas al momento del despido.
No firme al patrón ningún documento, ni renuncia, recibo finiquito, liquidación o cualquiera otro que le exija, ya que podrá valerse de ello para aducir que no lo despidió, sino que usted renunción voluntariamente, por lo que podría perder su indemnización y prima de antigüedad.
Asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral que lo oriente en el caso que le haga alguna proposición económica que le satisfaga y sea acorde a lo que por Ley le corresponde; en caso contrario, que presente la demanda antes que transcurran 2 meses, contados a partir de la fecha del despido, término en el que opera la prescripción de su derecho a demandar; en la demanda, además de lo que ya señalé, podrá reclamar también el pago de salarios caídos hasta por 12 meses, y si en ese tiempo no se ha dictado ellaudo, o emitido éste el patrón no le ha dado cumplimiento, a partir del año, a un interés del 2% mensual sobre la cantidad equivalente a 15 meses de salario.
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