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AutorRespuesta No: 359588
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Fecha de respuesta: Domingo 13 de Julio de 2014 21:29 2014-07-13 21:29 desde IP: 187.149.228.218
Claro. La Prenda es una Garantía real, mediante la cual el deudor puede asegurar al acreedor el cumplimiento de determinada obligación. Mediante la modalidad "sin transmitir posesión" el acreedor qeu como depositario de la misma y usted se asegura con el titulo de propiedad anexo a un contrato de prenda.
Espero le sirva.
Lic. Espinoza
6691488502
fco_luna88
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