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  • Consulta : 235612
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 359413

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    La senencia que imponga una pena de prisión por la comisión de un delito contra la salud en la modadlidad de comercio, no alcanza ningún beneficio, de conformidad con el artículo 85, fracción I, inciso b) del Código Penal Federal, por lo que la pena de prisión debe cumplirse íntegramente, ya que se sanciona el delito, no la cantidad del estupefaciente objeto del comercio.

    Respecto al delito de portación de arma de fuego de las no reservadas para el ejército y fuerzas armadas, independientementer que alcance el beneficio de libertad bajo caución, importa una pena de prisión distinta de la del delito contra la salud, que también deberá compurgarse.

    El Juez, en la sentencia, determinará la pena que corresponde a cada delito.