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  • Consulta : 235353
  • Autor : edelberto perez
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  • Autor
    Respuesta No: 359251

  • edelberto perez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    HOLA BUENAS TARDES.

    Por supuesto que si lo puedes hacer en la misma ciudad donde estas tu, de hecho así debe de ser, comenzar el juicio en tu localidad, ante la autoridad competente (juzgados familiares).

    Pero debes de tener en cuenta lo siguiente:

    1. DOMICILIO DEL DEMANDADO.

    2. EN QUE TRABAJA EL DEMANDADO ASI COMO EL DOMICILIO DEL EMPLEADOR (esto para la medida provisional de pensión alimenticia, esto es que tu le embargues parte de su sueldo en aras de cumplir las necesidades de los menores).

    3. TOMAR EN CUENTA QUE VAS A TENER QUE DILIGENCIAR (hacer trámites) PARA EMBARGAR EL SALARIO EN LA ENTIDAD DONDE VIVA EL.

     

    SUERTE