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Fecha de respuesta: Martes 08 de Julio de 2014 17:29 2014-07-08 17:29 desde IP: 201.141.99.142
Si Usted firmó los pagarés y no los paga a la fecha de su vencimientos, es claro que ejercarán la acción cambiaria deitrecta y le embargarán bienes suficientes para cubrir el adeudo e inmediatamente le emplazarán a juicio para que conteste la demanda. Los pagarés no tienen por qué estar notariados.
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