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AutorRespuesta No: 358776
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Julio de 2014 12:16 2014-07-02 12:16 desde IP: 189.163.196.136
El Codigo de procedimientos señala que es Juez competente el del domicilio del demandado..o usted necesita demandar del Oficial del Registro civil (donde se encuentra asentada el acta) la nulidad referida debe hacerse ahi la demanda y el juicio por lo que en otra ciudad NO ES PROSIBLE HACERLO.
Este tipo de procesos se lleva no menos de 3 meses pero no mas de 6 . Arriba de esos parametros ya no es lo correcto
Saludos
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