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Fecha de respuesta: Martes 01 de Julio de 2014 10:23 2014-07-01 10:23 desde IP: 189.210.253.56
Debe contratar a un abogado especialisa en Derecho Laboral, a fin de que sin demora presente la demanda en contra del patrón, a efecto que le pague no solamente los gastos que se hayan originado con motivo de la atención médica requerida por su padre con motivo del riesgo de trabajol. sino también sus sueldos y prestaciones ordinarias y extraordinarias; adicionalmente, también deberá demandar al Seguro Social por su inscripción en el regomen ordinario a partir de la fecha en que inició la prestación del servicio en favor del patrón, así como el pago de los subsidios derivados del propio riesgo de trabajo.
En caso que no cuenten con recursos para pagar a un aboado (que generalmente cobra un porcentaje de alrededor del 30% de las cantidades que en ejercución del laudo se obtenga, y hasta que se cobren), entonces acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en donde le asignarán a un abogado de oficio; sin embargo, por las carcas de trabajo en dicha dependencia, los asuntos los tramitan muy lentamente, ya que los abogados de oficios de cualquier forma están cobrando su salario, lo que no ocurre con un abogado particular, porque sabe que ente más pronto se dicte y ejecute el laudo, más pronto cobrará sus honorarios.
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