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  • Consulta : 234148
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 358483

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, dado que usted se condujo con faltas de probidad y honradez en el desempeño de su trabajo, de conformidad con el artículo 47, fracci´n II, de la Ley Federal del Trabajo.

    Además, el legítimo propietario del mueble, puede acudir ante el agente del Ministerio Público a presentar en su contra la denuncia por robo, ya que usted dispuso de ese bien, sin derecho y sin consentimiento de quien lealmente podía otorgarlo.