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AutorRespuesta No: 358483
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Junio de 2014 18:48 2014-06-27 18:48 desde IP: 189.210.253.56
Si, dado que usted se condujo con faltas de probidad y honradez en el desempeño de su trabajo, de conformidad con el artículo 47, fracci´n II, de la Ley Federal del Trabajo.
Además, el legítimo propietario del mueble, puede acudir ante el agente del Ministerio Público a presentar en su contra la denuncia por robo, ya que usted dispuso de ese bien, sin derecho y sin consentimiento de quien lealmente podía otorgarlo.
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