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AutorRespuesta No: 358428
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Junio de 2014 09:20 2014-06-27 09:20 desde IP: 189.210.253.56
La inormación que usted proporciona es insuficiente para aclararle sus dudas.
Lo anterior, porque de conformidad con lo que previene el artículo 424, de la Ley Federal del Trabajo, el REglamento debe ser formulado por una comisión mixta de representantes del patrón y de los trabajadores (lo que generalmente exige que éstos esten agrupados a una organizaci´pon sindical); una vez que los representantes de las partes se ponen de acuerdo en los términos del Reglamente, cualquiera de ellas, dentro de los 8 días siguientes a su firma debe proceder a depositarlo ante la Junta de Conciliación y Arbitraje que corresponda.
Además, el reglamento debe ser conforme a las Cláusulas del Contrato Colectivo de Trabajo, y su observancia es obligatoria a partir de la fecha de su depósito ante las autoridades laborales.
Si el reglamento fue elaborado unilateralmente por elpatrón, entonces su aplicación es ilegal y puede acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, reclamando la devolución del descuento que le fue hecho, pues al habérsele permido laborar su jornada de trabajo, entonces no incurrió en ninguna inasistencia y, por tanto, el patrón no tenía derecho alguno a descontarle el salario del día.
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