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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Junio de 2014 19:26 2014-06-18 19:26 desde IP: 189.130.22.39
BUENAS TARDES, primero que nada debemos especificar que el "abandono de trabajo" se entiende como la voluntad externada de un trabajador que no desea ya regresar a trabajar, es decir en tu caso hay una causa justificada; tu accidente, en este caso hay una suspension de la relacion laboral por causas no imables al patron o al trabajador, misma que inicia desde el momento en que el patron tiene conocimiento de dicha incapacidad, hasta que termine el periodo de incapacidad que el imss otorga. por lo cual si estas dentro de este supuesto y el patron se niega a recibirte es un despido injustificado, y no un abandono de trabajo. por lo cual debes demandar tu reinstalacion de tu trabajo o en su momento la indemnizacion constitucional, asesorandote de un abogado laboralista
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