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  • Consulta : 233000
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted laboró hasta el mes de junio de 2013, tenía 2 meses, contados a partir del último día trabajado para demandar la indemnización constitucional por despido; si no lo hizo, su derecho prescribió.

    En relación a las 5 quincenas que dice le adeudan, dependerá de cuál es el último día que haya trabajado en junio de 2013, porque la demanda debe presentarla antes de que transcurra un año, ya que si no, también prescribe.

    Asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral, a fin de que, de estar aun en tiempo, presente la demanda, o bien acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, solamente que no acepte que inicien los trámites para una conciliación administrativa, porque en lo que se lleva a cabo, su derecho prescribirá si no lo ha hecho.