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  • Consulta : 232019
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 356663

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    confundes pago con solvencia... que nada tienen que ver... y si te declaras insolvente... eso es un delito... ya que una persona física no puede decirse quebrado... o insolvente... cuando puede trabajar... para eso son las reestructuras y convenios de pago o pactos de espera... todos pueden esperar... si los citas en juzgado y les haces saber de tu situación... pero no puede ser indefinido y no te puedes hacer pato para pagar... y los pagos deben ser en depósitos judiciales para demostrar al juez tanto el cumplimiento como la intención de pago...