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  • Consulta : 232005
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 356606

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si gasto... ya no hay utilidad... el patrimonio de la emorasa se le conoce por sus capitales... al capital activo se le rsta el pasivo y asi se conoce el patrimonio... si este no es rebasado anualmente... no hay utilidad... acude a hacienda y con el numero de rfc de la patronal pide la copia de la caratula de utilidades de el año pasado y de este... las anteriores ya prescribieron para solicitar su cobro... con la copia que te den acude a la procuraduria de la defensa del trabajo... y ellos interpondran la queja en la junta federal para que acuda el,patron a rendir cuentas...