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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Mayo de 2014 17:54 2014-05-30 17:54 desde IP: 189.210.253.56
Adicional a lo que señala la Licenciada Rosa Isela, a quien le envío un cordial saludo, su madre debe demandar asus hijos el pago de la pensión alimenticia correspondiente,demanda que,considerando que ella y ellos radican en Estados unidos, deberá presentar ante los Tribunales de aquél país.
En el caso suyo, si usted está casada y no tiene un trabajo que le permita contar con un ingreso propio, porque se dedica al cuidado del hogar y de los hijos, entonces usted NO ESTÁ OBLIGADA A DARLE ALIMENTOS A SUMAMÁ, menos su esposo, que no es su hijo.
Y la circunstancia que le hubiera donado a usted el departamento que menciona, no le acarrea tampoco ninguna obligación de dar alimentos a su madre, si no cuenta con los medios económicos para hacerlo.
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