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  • Consulta : 231009
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  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimada forista

    la tacita reconduccion es la prorroga del contrato de arrendamiento y se da porque la ley civil establece un tiempo para demandar el termino del contrato de arrendamiento y la desocupacion del inmueble y en caso de no demandar antes de que se cumpla ese tiempo, se prorrogara el citado contrato