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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Mayo de 2014 22:34 2014-05-29 22:34 desde IP: 201.153.152.26
Hola: Yo difiero de ello, y esos errores por falta de concepcion son los jueces quienes propician el castigo de inocentes pues justamente, los indicios y la prueba circunstancial es muy valida en la etapa de averiguacion previa, orden de aprehension y el dictado del auto de formal prision que se hace contener en la figura denominada cuerpo del delito,empero en el cuerpo de una sentencia, nos es valido condenar basado en indicios o sobre todo tratar de incorporar esos medios de prueba de reconocimiento de voz, que distan mucha de la naturaleza de prueba directa, la cual se opone a la prueba circunstancial, ello porque al pretender traspolar el cuerpo del delito al de una sentencia acarrea una violacion de fondo, que vuelve inconstitucional la resolucion, pues se violarian las reglas del debido proceso ya que atendiendo a la ubicacion sistematica de la figura de cuerpo del delito, esta reservado en diligencias antes de que se inicie el proceso mismo, y valer ese argumento, equivaldria a desnaturalizar el proceso mismo... por otro lado, seria muy bueno revisar esa sentencia, y hacer valer unos agravios excelentes.... suerte.
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