- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 230489
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 355566
-
Fecha de respuesta: Sábado 24 de Mayo de 2014 18:55 2014-05-24 18:55 desde IP: 189.210.253.56
Es imposible afirmar que no le pueden embargar, ya que la presentación de la demanda depende del acreedor y su admisión del Juez a quien le corresponda conocer de ella, quien en caso de que la admita a trámite, podrá ordenar que se le requiera de pago, si no lo hace que se le embargue, y a contunuación se le emplaza a juicio.
Si eso llega a ocurrir, primer, cercriórese que la persona con quien entenderá la diligencia, es precisamente u actuario judicial, a quien deberpá exigirle se odentifique plenamente como tal; no le peermita el acceso a su domicilio, porque si lo hace, entonces podrá desplazarse por el interior para que, si usted no señala bienes para embargo, el actor lo pueda hacer libremente, así que atiéndalo en la calle; deberá dejarle copia de la demanda y del instructivo o cédula en que se contenga la transcripción del mandamiento judicial que le está notificando.
Una vez que sea emplazado, asístase de inmediato de abogado especialista en Derecho Civil y/o Mercantil, a fin de que proceda a contestar la demanda, oponiendo las excepciones y defensas legales correspondientes, y ofrezca pruebas.
-
Autor





