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AutorRespuesta No: 355561
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Fecha de respuesta: Sábado 24 de Mayo de 2014 17:03 2014-05-24 17:03 desde IP: 189.210.253.56
Si señora, y debió hacerlo desde el día siguiente a aquél en que la sacaron de la casa en que vivía con su hijo.
Acuda a la Procuraduría para la Defensa del Indígena y Grupos Vulnerables, en donde le asignarán a un abogado de oficio que se encargue de lelvar a cabo todos los trámites necesarios en las áreas penal y familiar.
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