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  • Consulta : 230412
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 355507

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Al consultante:

    En cuanto a la garantia que debe exhibir el albacea para garantizar su administración puede ser relevado de presentarla dentro del termino de ley si la totalidad de los coherederos o al menos la mayoria de estos lo manifiestan al juez, por otra parte si la porción hereditaria de la persona que sea nombrada albacea es suficiente y conserva sus derechos hereditarios no tiene obligación de exhibir garantia a menos que dichos derechos no sean suficientes debera garantizar la diferencia que resulte ó la mayoria de los herederos puede con sus derechos hereditarios garantizar para contratar la fianza ante una institución afianzadora.

    Stashsouzarz

    No escriba burradas.