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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Mayo de 2014 18:54 2014-05-23 18:54 desde IP: 189.210.253.56
Salvo que debas presentar un escrito haciendo las aclaraciones pertinentes al error cometido en el escrito de demanda, concuerdo con lo que señala el Licenciado Arturo Hernández Cuadra.
Ahora bien, la circunstancia que se haya incurrido en ese error, no quiere decir que no deba ser subsanado, pero no es mediante una promoción, sino precisamente en la audiencia inicial del juicio, que ahor es bifásica, es decir, consta de la de conciliación, y la de demanda y excepciones.
Es precisamente en la de Demanda y Excepciones en la que el actor puede corregir, modificar e, inclusive, ampliar su demanda; es entonces que debes hacer esas aclaraciones.
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