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  • Consulta : 230084
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 355254

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si te pueden obligar si no te la haces se presumira como hija tuya y si te la haces saldras de dudas si es o no tu hija

    si es tu hija tendras q pasar pension alimenticia hasta q al cumplir la mayoria de edad siga estudiando y un año despues de terminar estudios universitarios siempre y cuando este en proceso de titulacion o siendo mayor de edad se cancela dicha pension si se casa, se embaraza, sejunta, trabaja, deja de estudiar o sus estudios y la edad no van acorde o termina carrera tecnica u oficio

    tendra derecho a tener tus apellidos, a convivir contigo y a heredarte en determinado momento.

    si no es tu hija no estas obligado a nada.

    si tiene costo y es bastante oneroso ella demanda paga la prueba pero tu tambien tienes derecho a presentar tu laboratorio de confianza para evitar malos entendidos o mañas y eso lo pagas tu

    aunq el dif no es autoridad competente mejor haz caso omiso y cuando la demanda este interpuesta ante autoridad competente entonces acudes con tu abogado ya respondiendo la demanda en el dif solo intentaran conciliarte y ya hasta ahi ellos no son autoridad competente, la autoridad competente es un juez de lo familiar