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AutorRespuesta No: 355071
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Mayo de 2014 20:31 2014-05-18 20:31 desde IP: 187.208.22.1
la señora lo mas q puede hacer es enojarse con su marido gritar como loca un rato o quiza se divorcie de el pero a ti no te puede demandar por nada ni tmpoco interponer denuncia en tu contra.
en cuanto al sr para q cumpla con su obligacion primero debera reconocer al menor para q lleve su apellido y el menor tenga derecho a la pension alimenticia, al derecho de un apellido, al derecho de hereder y al derecho de convivir con su padre-
el q tu no quieras verlo dependera si el quiera verlos a uds.
una vez q el sr haya reconocido a su hijo tu deberas demandar pension alimenticia y en caso de q pasen tres meses de q no vea al menor o q no pase pension alimenticia tu podras iniciar el juicio de perdida de patria potestad donde el sr perdera los derechos sobre el menor y no podra ni acercarsele pero si esta obligado a pasar pension alimenticia en caso de incumplimento de esto ultimo tu puedes ejercitar via penal para q se siga otorgarndo la pension alimenticia a tu menor hijo como corresponda
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