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AutorRespuesta No: 354917
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Mayo de 2014 23:53 2014-05-15 23:53 desde IP: 201.157.6.188
Puede recurrir a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que le corresponda.
La Ley Federal del Trabajo dice:
Artículo 133. Queda prohibido a los patrones o a sus representantes: XV. Despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores.
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