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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Mayo de 2014 11:51 2014-05-15 11:51 desde IP: 187.213.213.219
nunca la leiste, pero mi pregunta es: existe esa claúsula por escrito en tu contrato ??? el hecho de que tú no la hayas leído, pero sí este puesta, es peligroso para tí.
de existir, habría qué analizarla bien.
De entrada te digo que por regla general, cuando arriendas una CASA HABITACION, no tienes obligación de que el arrendador tenga copia de tus llaves, pues te está entregando LA POSESION de la casa, no su propiedad, y al ser tú poseedor, tú tienes derecho a RESGUARDAR tu casa... o qué? si se te pierde tu pantalla plana, él te la va a pagar ??? o tú no podrías sospechar que él entró y la sustrajo???
si el contrato no expira, mandalo a la -ada y que se aguante, y vete a rentar a otro lado, casas en renta sobran, siempre. Buscate un rentero menos quisquilloso, y habla todas las cosas desde antes, para que no estes con estos problemas.
Saludos.
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